Funciones
La Secretaría de investigación es el órgano central para la investigación educativa, humanística, artística, científica, jurídica, empresarial, de la salud y tecnológica. Es la responsable de fomentar, planificar y conducir la investigación tanto en el ámbito docente, como de estudiantes y graduados. Orienta, evalúa y controla la ejecución y avances de los proyectos de investigación.
Además de las establecidas en la Resolución 448/2013, el Secretario de investigación tiene las siguientes funciones:
Representar formalmente a la Secretaría de investigación de la UCALP.
Convocar y presidir las reuniones del Consejo de investigación y ejecutar sus acuerdos.
Proponer al Rectorado la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional en materia de investigación con universidades, centros de
investigación, empresas y otras instituciones.
Supervisar el cumplimiento del Plan Operativo de la Secretaría y de la ejecución del presupuesto asignado.
Presentar ante el Rector y Vicerrector Académico, la memoria anual de la Secretaría.
La Secretaría de investigación cuenta con el apoyo y asesoramiento de los Coordinadores de investigación de todas las Facultades de la UCALP. EI Secretario y los Coordinadores de las Facultades conforman el Consejo de investigación que se reúne al menos tres veces durante el ciclo lectivo. A su vez, el Secretario de investigación puede designar a tres miembros del Consejo para conformar la Comisión consultiva y de gestión.
EI Consejo de investigación tiene la facultad de proponer la designación (ad honorem) de investigadores de las categorías A y B (Resolución Nº258/12) o equivalente para la constitución de la Comisión Evaluadora de Proyectos de investigación, que puede convocar a integrantes internos o externos cuando lo crea conveniente.
Fuente: Resolución Rectoral Nº147/19.